El “Documento público” es aquel otorgado o autorizado, con las solemnidades requeridas por la ley, por escribano, secretario judicial u otro funcionario público competente, para acreditar algún hecho, la manifestación de una o varias voluntades y la fecha en que se producen. (Diccionario de Ciencias Políticas y Sociales. Por ejemplo, son documentos públicos los Documentos personales (partidas y actas del Registro Civil, pasaportes, certificados, diplomas); escrituras, testamentos, contratos, papeles de comercio, sentencias, poderes, estatutos, certificados analíticos, ciertos estudios y documentos técnicos, patentes de invención.
Siendo un profesional universitario, habilitado, dedicándome a la traducción de todo documento público o de su copia certificado por un organismo competente, que se encuentre redactado en nuestro propio idioma o en inglés y que deba ser presentado ante reparticiones, entidades u organismos públicos, judiciales o administrativos.